Desarrollo e Implantación de un modelo de prevención de delitos en cumplimiento de la Ley 20.393

A fines del 2009 se publicó en Chile la Ley 20.393, que establece la responsabilidad penal para las personas jurídicas -incluidas corporaciones y fundaciones-y se aplica tanto a personas jurídicas de derecho privado como empresas del Estado.

Esta ley surgió como respuesta a una de las recomendaciones establecidas por la Organización para la Cooperación y Desarrollo Económico (OCDE) en el ingreso de Chile a este grupo de países.

En esencia establece que las personas jurídicas serán responsables de los delitos que fueran cometidos directamente en su beneficio, por sus dueños, controladores, responsables, ejecutivos principales o quienes realicen actividades de administración o supervisión, siempre que la comisión del delito fuere consecuencia del incumplimiento, por parte de la empresa, de los deberes de dirección y supervisión.

Así también, la persona jurídica responde penalmente cuando los delitos hayan sido cometidos por personas naturales que estén bajo la supervisión directa de alguno de los sujetos anteriormente nombrados.

Se considerará que los deberes de dirección y supervisión se han cumplido cuando, con anterioridad a la comisión del delito, la persona jurídica hubiere adoptado e implementado modelos de organización, administración y supervisión para prevenir delitos como el cometido, conforme a lo dispuesto en la Ley 20.393

EFECTUS cubre integralmente el desarrollo e implementación de Modelos de Prevención de Delitos, abordando con un equipo multidisciplinario de profesionales especialistas (ingenieros de procesos y sistemas, auditores de procesos y sistemas, abogados especialistas en responsabilidad penal, expertos en gestión del riesgo operacional),  las siguientes etapas:

A) Diseño del mapa estratégico del Modelo de Prevención de Delitos (MPD), basado en 5 ejes de acción

1- Adecuación funcional-organizacional con la definición de un «Encargado de Prevención de Delitos«.

2- Definición de recursos y cobertura del MPD

3- Definición de políticas, normas y procedimientos del MPD

4- Selección e implementación de las herramientas para el soporte operacional del MPD

5- Operativización del MPD

B) Definición de ruta táctica para la implantación del Modelo de Prevención de Delitos

Para cada ámbito de la Etapa anterior se define la ruta táctica con las tareas a realizar para la implantación del Modelo de Prevención de Delitos, partiendo del diagnóstico de la situación actual del Cliente en esta temática.

C) Ejecución de la implementación del Modelo de Prevención de Delitos

Se genera un Manual Corporativo de Prevención de Delitos con el levantamiento de procesos, identificación de riesgos, aplicación de controles, definición de reglas de ética, definición de sanciones y procedimientos de operativización que incluyen el registro de evidencia de la existencia del modelo de prevención con sus instancias de prevención, detección temprana y mitigación de riesgos, entre otras.

Se asesora al Cliente en la definición, selección e implementación de las herramientas y soluciones tecnológicas necesarias y existentes en el mercado para soportar la operación del Modelo de Prevención de Delitos.

La implementación incluye un plan de medios para la difusión del Modelo de Prevención de Delitos dentro de la organización, potenciando la inducción y la sensibilización del personal de la empresa en la materia, comunicando los eventos relacionados con ella y ampliando las instancias de participación activa.

Documentos: